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La reforma tributaria de Bogotá superó una etapa clave al ser aprobada en primer debate por la Comisión de Hacienda del Concejo, en una votación que resultó con ocho apoyos y tres rechazos. El texto respaldado, identificado oficialmente como Proyecto de Acuerdo 724 de 2026 o 'Por una Ciudad Inteligente', plantea modificaciones en tarifas de impuestos distritales como el impuesto de Industria y Comercio (ICA), una nueva sobretasa destinada al alumbrado público, y una serie de incentivos y alivios para contribuyentes morosos, de acuerdo con información de Semana y la Secretaría de Hacienda.
Aunque algunos sectores lo califican de reforma tributaria, su alcance es más amplio al convocar ajustes fiscales, estímulos para la atracción de inversión privada y simplificación del sistema impositivo. La propuesta aún debe superar la votación en plenaria y, si obtiene la mayoría requerida, pasará a sanción del alcalde Carlos Fernando Galán.
Entre los aspectos más destacables del texto figuran una nueva sobretasa sobre el impuesto predial, diferenciada según el tipo de inmueble. Los predios residenciales de estratos 1, 2 y 3 están exentos, mientras que los de estratos 4, 5 y 6 pagarán el 0,4 por mil. Los lotes y predios dotacionales tendrían una tarifa de 0,8 por mil y los comerciales, financieros e industriales del 1 por mil. Este gravamen busca financiar la modernización del sistema de alumbrado público, incluyendo luminarias inteligentes y tecnologías de telegestión.
La medida incluye también un alza transitoria en la tarifa de ICA para actividades financieras: pasa de 14 a 20 por mil hasta 2027, baja a 19 por mil en 2028 y finalmente a 18 por mil a partir de 2029. La Secretaría de Hacienda comparó estos cobros con los introducidos en ciudades como Barranquilla y Tunja, y defendió que la tarifa promedio de Bogotá sigue siendo competitiva. Además, se ajustan las tarifas para comercialización de vehículos —con menores valores para eléctricos e híbridos— y una tarifa de 19 por mil para la comercialización de bebidas alcohólicas y tabacos.
En materia de alivios, el proyecto contempla un descuento del 60 % en sanciones e intereses para quienes paguen la totalidad del capital adeudado y el 40 % de dichos recargos, medida que aplicaría hasta el 21 de diciembre de 2026. Igualmente, se dejó en firme la eliminación de la retención de ICA sobre pagos electrónicos para pequeños negocios con ingresos menores a 1.933 UVT al año.
Pese a cambios positivos, también hubo críticas. El concejal Jairo Avellaneda y otros actores expresaron reparos políticos y jurídicos sobre el trámite y la acumulación de proyectos, mientras que gremios y empresarios cuestionaron el impacto de los nuevos cobros. No obstante, la Administración insiste en que las medidas facilitarán la modernización y el desarrollo económico y esperan que en plenaria se discuta con mayor profundidad.
Adicionalmente, se mantienen los incentivos para empresas que inviertan en proyectos estratégicos, como renovaciones urbanas y el Distrito Aeroportuario, con proyecciones de atracción de inversiones y creación de miles de empleos si la reforma obtiene el respaldo final.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
¿Cuáles son los cambios clave que incluye la reforma tributaria en Bogotá?
La reforma tributaria en Bogotá, aún en trámite, incluye la creación de una sobretasa al impuesto predial para financiar el alumbrado público, ajustes en el ICA para actividades financieras, sector automotor y comercialización de bebidas alcohólicas y tabaco, así como alivios en sanciones e intereses para deudores distritales. También plantea incentivos para inversión empresarial en sectores priorizados.
¿Cuándo entrarían en vigencia los nuevos impuestos y cobros de la reforma tributaria de Bogotá?
Los nuevos impuestos y cobros contemplados en la reforma tributaria de Bogotá solo entrarían en vigencia si el proyecto es aprobado en plenaria del Concejo y posteriormente sancionado por el alcalde. Una vez publicado como acuerdo distrital, las fechas de aplicación serían las que dicte el documento definitivo, aún sin aprobarse.
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