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Este artículo fue curado por pulzo   Sep 11, 2026 - 5:46 am
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El Gobierno nacional adoptó una medida excepcional para proteger la continuidad del servicio educativo en los municipios afectados por el terremoto del 10 de agosto de 2026. Según el Decreto Legislativo 1386, las Entidades Territoriales Certificadas en Educación tienen la posibilidad de autorizar, de manera temporal, el desarrollo de clases en espacios alternativos distintos a las sedes oficiales, siempre que estas últimas se encuentren inhabilitadas por los daños ocasionados por el sismo. Esta medida quedó consignada como un parágrafo transitorio en el artículo 138 de la Ley 115 de 1994, dando así un marco legal a la flexibilización de los lugares donde puede impartirse educación oficial ante situaciones de emergencia.

De acuerdo con lo que establece el decreto, la autorización para usar espacios alternos no se concede automáticamente. Es indispensable que el establecimiento educativo interesado presente una solicitud formal y debidamente sustentada ante la Entidad Territorial Certificada correspondiente. Dicha solicitud debe demostrar la imposibilidad de desarrollar las actividades presenciales en las instalaciones habituales. La decisión de habilitar un nuevo espacio recaerá, por tanto, en la autoridad educativa local, la cual debe evaluar cada caso de acuerdo con la información disponible.

Esta decisión surge como respuesta a la magnitud de la afectación en la infraestructura educativa tras el terremoto. De acuerdo con los datos registrados en el decreto y respaldados por los reportes de las Entidades Territoriales Certificadas, del Sistema Integrado de Matrícula (SIMAT) y de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, hasta el 3 de septiembre de 2026 se identificaron 5.309 sedes educativas afectadas, distribuidas en 423 municipios que hacen parte de 47 Entidades Territoriales Certificadas en Educación. La cifra evidencia la extensión del impacto y la necesidad de buscar soluciones para garantizar la educación de miles de estudiantes.

El propósito principal de la medida es salvaguardar el derecho fundamental a la educación, evitando interrupciones en las clases que puedan derivar en consecuencias a largo plazo para las niñas, niños y adolescentes matriculados. El Gobierno acentúa que la habilitación de nuevos espacios para las clases es una medida temporal, limitada a la duración de la emergencia y a la persistencia de los daños en la infraestructura. Así mismo, insiste en que los lugares elegidos deben ofrecer condiciones seguras para la comunidad educativa.

La disposición del decreto aplica a los municipios determinados por decretos 1261 y 1348 de 2026, incluyendo también a los que sean integrados posteriormente a la lista mediante otros decretos relacionados con la emergencia. Además, la afectación debe estar sustentada en registros oficiales. El Decreto Legislativo 1386 entró en vigor desde su publicación, y no representa una modificación estructural permanente de la ley educativa, sino una respuesta a la coyuntura generada por el desastre.

¿En qué municipios se aplica la autorización para clases en espacios alternos tras el terremoto de 2026?

La autorización para impartir clases en espacios alternos como respuesta a la emergencia por el terremoto se aplica en municipios incluidos por los decretos 1261 y 1348 de 2026, así como en aquellos que las autoridades añadan posteriormente mediante nuevos decretos legislativos relacionados con la misma emergencia. Esta medida solo se autoriza si la afectación en la infraestructura educativa se encuentra debidamente acreditada por registros oficiales.

¿Qué requisitos deben cumplir los colegios para solicitar clases en lugares distintos a las sedes oficiales?

Las instituciones educativas deben presentar una solicitud debidamente motivada ante la Entidad Territorial Certificada en Educación, demostrando que no pueden usar sus sedes habituales para actividades presenciales debido a los daños causados por el terremoto. La entidad territorial evaluará la solicitud y decidirá si autoriza el uso de espacios alternos, que deben cumplir con condiciones seguras para los estudiantes y el personal.

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